martes, 17 de febrero de 2015

SEMA, QUINTANA ROO

SECRETARIA DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE.

Incorporar en todos los ámbitos de la sociedad los criterios e instrumentos que aseguren una cultura ecológica que anteponga el cuidado del entorno y la preservación ambiental, en la toma de decisiones para incentivar y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, consolidando un Quintana Roo verde, impulsando nuevas formas de participación que alienten al ciudadano de manera individual y en grupos organizados a intervenir en la formulación y ejecución de las políticas públicas ambientales, así como fortalecer la gestión pública ambiental en el estado, considerando de manera transversal la variable de cambio climático, con sus aspectos de mitigación y adaptación.

INSTITUTO DE IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL DE QUINTANA ROO.

misión
Aplicar las disposiciones jurídicas de la materia, en lo referente a la evaluación y resolución del impacto ambiental de los proyectos de obras, acciones, servicios o actividades que pretendan realizarse en el Estado de Quintana Roo.



objetivos
 1. Evaluar y dictaminar los estudios en Materia de Impacto Ambiental y expedir las autorizaciones para las obras, actividades y servicios que establece la Ley y Reglamento en materia de ImpactoAmbiental y demás que no sean competencia de la Federación.
2. Determinar las obras y actividades que por su ubicación, dimensiones o características produzcan impactos ambientales significativos, que causen o puedan causar desequilibrios ecológicos y que por lo tanto deban sujetarse a la evaluación de estudios en materia de Impacto Ambiental
3. Aplicar las herramientas de información geográfica como base de validación, interpretación y discernimiento en la evaluación y resolución de impacto ambiental de proyectos de obras, servicios y actividades que pretendan realizarse en el Estado de Quintana Roo.
4. Ejercer las atribuciones que conforme a la Ley le corresponden a la Secretaría en Materia de Impacto y Riesgo Ambiental, dentro del ámbito de competencia estatal.
5. Vigilar el cumplimiento y aplicación de la Ley, interpretarla para efectos administrativos y ejercer los actos de autoridad en la Materia de Impacto y Riesgo Ambiental.






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